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Actualidad

El Consejo Rector del O.P.A.E.F. acepta la delegación de competencias de Mairena del Alcor

El Consejo Rector del O.P.A.E.F., presidido por Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, Presidente de la Diputación de Sevilla, entre otros asuntos, ha aceptado la delegación de competencias realizada por el ayuntamiento de Mairena del Alcor.

El Consejo Rector ha aceptado la delegación del ayuntamiento de Mairena del Alcor referida a las competencias de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas) en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Estas competencias se añaden a las que hasta la fecha venía desarrollando el O.P.A.E.F., recogidas en el convenio de fecha 9 de abril de 2012, y que incluyen la gestión censal (en su caso) y tributaria y la recaudación voluntaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del Impuesto sobre Actividades Económicas y del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, así como la recaudación voluntaria de las Tasas de recogida de basuras y entrada de vehículos, y la recaudación ejecutiva de cualquier otro recurso de naturaleza pública de titularidad municipal.

El ejercicio de estas competencias se regulará por lo dispuesto en la Ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación provincial de Sevilla para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (O.P.A.E.F.) y será efectivo una vez transcurra un mes desde la última publicación que, conforme dispone el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, se realice en el B.O.P. de Sevilla y el B.O.J.A.

Con anterioridad, el Gerente expuso a los integrantes del nuevo Consejo Rector las líneas generales de actuación y los resultados del Organismo.

Finalmente, tras aprobar otros asuntos de trámite, el Consejo Rector ha sido igualmente informado sobre el cumplimiento por el O.P.A.E.F., durante el segundo trimestre de 2023, de los plazos previstos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.