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Actualidad

El Consejo Rector del O.P.A.E.F. acepta las delegaciones de competencias de los ayuntamientos de Carrión de los Céspedes y Lora del Río.

El Consejo Rector del O.P.A.E.F., presidido por Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, Presidente de la Diputación de Sevilla, entre otros asuntos, ha aceptado las delegaciones de competencias de los ayuntamientos de Lora del Río, relativa a las tasas sobre el ciclo del agua, y Carrión, a diversas tasas sobre la reserva del dominio público.

 

En el caso de Lora del Río, este acuerdo añade a las competencias que hasta la fecha venía desarrollando el O.P.A.E.F. en virtud del convenio de fecha 31 de julio de 2002, (que incluían la gestión, recaudación e inspección tributaria, y censal, en su caso, del Impuesto sobre bienes inmuebles, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, así como la recaudación voluntaria de las Tasas de entrada de vehículos y vehículos industriales y la recaudación ejecutiva de cualquier recurso de naturaleza pública) y del convenio de 9 de agosto de 2013 (relativo al ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y a las Ordenanzas municipales de circulación), la recaudación voluntaria de las tasas por la prestación de los servicios del ciclo integral del agua y demás figuras de cobro conjunto.

En el caso de Carrión de los Céspedes, este acuerdo añade a las competencias que hasta la fecha venía desarrollando el O.P.A.E.F. en virtud del convenio de fecha 17 de junio de 2008 y adaptado con fecha 30 de septiembre de 2019 (que incluían la gestión, recaudación e inspección tributaria, y censal, en su caso, del Impuesto sobre bienes inmuebles, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, así como la recaudación voluntaria de la Tasa de entrada de vehículos y la recaudación ejecutiva de cualquier recurso de naturaleza pública) y del convenio de 24 de enero de 2019 (relativo al ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y a las Ordenanzas municipales de circulación) la recaudación voluntaria de diversas tasas por la utilización o aprovechamiento especial del dominio público local, siempre que se trate de tasas de cobro periódico y gestionadas mediante padrón, entre las que pueden citarse la Tasa por aparatos o máquinas de venta, expedición automática de cualquier producto o servicio, básculas, aparatos recreativos infantiles y otros análogos; la Tasa sobre mesas o veladores y sillas colocadas en cafés, bares, restaurantes, etc.; la Tasa de quioscos o instalaciones similares de carácter fijo o desmontables; y la Tasa por teléfonos públicos y diversos elementos publicitarios.

Finalmente, el Consejo Rector ha sido informado sobre el cumplimiento por el O.P.A.E.F., durante el segundo trimestre de 2025, de los plazos previstos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.