El Consejo Rector del O.P.A.E.F. aprueba la nómina de anticipos ordinarios de recaudación para 2026.
El Consejo Rector del O.P.A.E.F., presidido por Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, Presidente de la Diputación de Sevilla, ha aprobado, entre otros asuntos, la nómina de anticipos ordinarios de recaudación a los ayuntamientos para el ejercicio 2026, que asciende a casi 305 millones de euros.
Estos anticipos ordinarios, que suponen un desembolso mensual de 27,7 millones de euros, responden al derecho reconocido a las Entidades delegantes en la Ordenanza reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación de Sevilla para su ejercicio por el O.P.A.E.F., a recibir, en once entregas mensuales e iguales, entre los meses de enero a noviembre, en concepto de anticipos de recaudación, el 90 por ciento de la recaudación voluntaria líquida del ejercicio anterior de los tributos recaudados mediante padrón, y son un mecanismo de apoyo financiero a los municipios que les permite disponer de manera anticipada, regular y sin coste alguno, de los ingresos previstos de su recaudación voluntaria.
La cifra aprobada supone un aumento sobre el año anterior de 12,75 millones de euros en términos absolutos, casi 1,2 millones mensuales, lo que representa un 4,37 por ciento de incremento. El Presidente ha recordado la importancia de estos anticipos para la planificación financiera de los ayuntamientos, incidiendo asimismo en la importancia del resto de los servicios que, en cuanto a la gestión, recaudación e inspección tributaria, presta el O.P.A.E.F., y en particular el relativo a la instrucción de procedimientos sancionadores por infracciones de tráfico.
Para financiar estos anticipos, la normativa vigente faculta al O.P.A.E.F. a suscribir operaciones financieras por importe de hasta 192,6 millones de euros, operaciones de las que, tal como se viene haciendo desde 2020, se va a prescindir en este ejercicio, dado que la Diputación pone al servicio del O.P.A.E.F., para estos fines, hasta 60 millones de euros, cantidad que, de ser insuficiente, y tal como se ha hecho en ejercicios anteriores, está previsto incrementar hasta los cien millones de euros.
Se ha aprobado asimismo la delegación en la Vicepresidencia del O.P.A.E.F. de la competencia para modificar estos anticipos en los casos previstos en la Ordenanza citada.
A continuación se han aprobado los tipos de interés aplicables a los anticipos extraordinarios de voluntaria y ejecutiva, determinándose que los mismos se realicen al tipo fijo anual máximo para operaciones a doce meses que resulte del último Anexo I de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, publicado en la fecha en que se dicte la resolución de petición del anticipo. Ese tipo es actualmente, conforme a la última actualización, publicada el 13 de enero de 2026, del 2,09 por ciento.
Finalmente, el Consejo Rector ha sido igualmente informado sobre el cumplimiento por el O.P.A.E.F., durante el cuarto trimestre de 2025, de los plazos previstos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.