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Actualidad

El Consejo Rector del O.P.A.E.F. aprueba siete convenios que amplían las competencias delegadas por los municipios.

El Consejo Rector del O.P.A.E.F., presidido por Fernando Rodríguez Villalobos, Presidente de la Diputación de Sevilla, ha aprobado siete convenios aceptando las delegaciones de competencias aprobadas por los plenos de los ayuntamientos de Aguadulce, Carrión de los Céspedes, Gerena, Lantejuela, Pedrera y El Viso del Alcor (dos), que suponen una ampliación de las que actualmente tenía, y que serán formalizados en las próximas semanas, tras lo cual entrarán en vigor.

En concreto, se han aprobado los convenios generales de gestión, inspección y recaudación tributaria de los ayuntamientos de Aguadulce y El Viso del Alcor, ampliando éste la delegación de competencias de gestión censal y tributaria y de recaudación voluntaria del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, como paso previo a la delegación de las competencias para la instrucción y resolución de expedientes sancionadores por infracciones a la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y a las Ordenanzas municipales de circulación, objeto del otro convenio.

Junto a la delegación de El Viso del Alcor, el Consejo Rector ha aceptado la delegación de competencias para la instrucción y resolución de expedientes sancionadores por infracciones a la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y a las Ordenanzas municipales de circulación de los ayuntamientos de Lantejuela (que tampoco tenía colaboración en esta materia), y de Carrión de los Céspedes, Gerena y Pedrera, que ya tenían suscrito el anterior convenio, que se limitaba a la colaboración en la gestión y recaudación de las multas por infracciones a la Ley de Tráfico, y que, de esta manera, confían al O.P.A.E.F. la tramitación y resolución de estos expedientes.

Los convenios aprobados se ajustan a los modelos aprobados por el Pleno de la Diputación de Sevilla en su sesión de 26 de octubre de 2017, y están plenamente adaptados a lo previsto en el capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015,de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Su vigencia inicial es de cuatro años desde el momento de su firma, pudiendo prorrogarse por un período mínimo de dos años y máximo de cuatro.