El Consejo Rector del OPAEF aprueba la cuenta recaudatoria del ejercicio 2025 y acepta la delegación de competencias del ayuntamiento de Lebrija.
El Consejo Rector del OPAEF, presidido por Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, Presidente de la Diputación de Sevilla, ha aprobado, entre otros asuntos, la cuenta recaudatoria del ejercicio 2025 y aceptar la delegación de competencias del ayuntamiento de Lebrija.
Se ha iniciado el Consejo Rector dando cuenta de la sustitución, acordada por el Pleno de la Diputación, de uno de sus consejeros. En concreto, D. Miguel Ángel Rosa Moreno ha sido sustituido por Dª. María Josefa Gordillo González, que ha aceptado su designación.
A continuación, el Consejo Rector ha aprobado autorizar al Pleno de la Diputación para incluir los fondos del O.P.A.E.F. en la convocatoria del Fondo Extraordinario de Anticipos Reintegrables que apruebe y establecer los criterios para su empleo. Como en ejercicios anteriores, el OPAEF ha incluido en su presupuesto para 2026 una partida para cofinanciar el Fondo Extraordinario de Anticipos Reintegrables que, desde 2007, viene aprobando la Diputación de Sevilla para atender, a coste cero, las necesidades de financiación, a corto o largo plazo, de los municipios. Dado que estas necesidades, así como el marco legal, van cambiando, en cada ejercicio el Pleno regula las líneas de financiación que considera más prioritarias o que mejor darán respuesta a las necesidades de los municipios, así como sus plazos y requisitos.
Siguiendo con el orden del día, se ha aprobado la Cuenta Recaudatoria de 2025. Se trata del documento donde se comprende un resumen (por ejercicio económico, por conceptos tributarios y no tributarios, así como por oficinas y entidades) de la gestión recaudatoria realizada por el Organismo y liquidada a las entidades delegantes, siendo fiel reflejo de las magnitudes alcanzadas en materia de gestión, recaudación e inspección en el periodo mencionado (que no coincide estrictamente con el año natural, sino que se inicia y concluye con las últimas liquidaciones de cada ejercicio, a mediados de diciembre) y resumen de la cuenta con cada una de las entidades delegantes.
De los datos reflejados en la cuenta recaudatoria merece reseñar que se ha alcanzado una recaudación de 393,3 millones de euros en voluntaria, casi veinte millones más que el ejercicio anterior, y 54,5 millones de euros en ejecutiva, 5,2 millones más que en el ejercicio anterior. Por ejercicios, merece reseñar que los cargos brutos de 2025 ascendieron a 463,1 millones de euros (5,9 millones más que en el ejercicio anterior), de los que se ingresaron en voluntaria 371,1 millones (2,5 millones menos que en 2024).
Se incluyen también en la Cuenta las distintas actuaciones en materia de colaboración financiera realizadas durante 2025: Anticipos ordinarios por importe de 293,38 millones de euros (9,64 millones más, un 3,43 por ciento más que en 2024); operaciones de financiación a largo plazo con entidades de crédito por importe de 529.955,71 euros, sin que se haya realizado ninguna a corto plazo; y aportaciones al FEAR., distinguiendo las diversas líneas concedidas en el ejercicio 2025 así como los reintegros realizados en el mismo y los saldos pendientes de ejercicios anteriores, para cada una de las entidades. Las aportaciones del OPAEF al FEAR se destinan a operaciones a corto plazo, habiéndose empleado en 2025 8,12 millones de los nueve previstos. Desde que se puso en funcionamiento este sistema el OPAEF ha ido incrementando sus aportaciones, alcanzando en total la aportación efectiva realizada por el OPAEF los 109,8 millones de euros. El OPAEF asimismo gestiona el reintegro de todos los fondos concedidos por la Diputación y los transfiere a ésta.
Finalmente, y sin perjuicio de otros asuntos de trámite, el Consejo Rector ha aceptado la delegación de competencias realizada por el ayuntamiento de Lebrija.
Este acuerdo añade a las competencias que hasta la fecha venía desarrollando el OPAEF en virtud del convenio de fecha 15 de septiembre de 2005, (que incluían la gestión, recaudación e inspección tributaria, y censal, en su caso, del Impuesto sobre bienes inmuebles, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, la recaudación voluntaria de la Tasa de entrada de vehículos, así como la recaudación ejecutiva de cualquier recurso de naturaleza pública) la recaudación voluntaria de la Prestación patrimonial de carácter público no tributario por la gestión de residuos sólidos urbanos.
El ejercicio de estas competencias se regirá por lo dispuesto en la Ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación provincial de Sevilla para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) y será efectivo una vez transcurra un mes desde la última publicación que, conforme dispone el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, se realice en el BOP de Sevilla y el BOJA.