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Actualidad

El Pleno de la Diputación de Sevilla aprueba inicialmente la modificación de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de la Diputación de Sevilla, el O.P.A.E.F. y Ia Casa de la Provincia.

Concepción Ufano Ramírez, Vicepresidenta del OPAEF y Diputada de Hacienda y Concertación de la Diputación de Sevilla, expuso en el Pleno de la Corporación los principales aspectos que incluye la citada modificación, la cual fue aprobada inicialmente. Una vez se publique en el B.O.P. de Sevilla dicha aprobación inicial, se abrirá un plazo de treinta días hábiles durante el cual estará expuesta al público y podrán formularse alegaciones.

Entre otras modificaciones, se regula el régimen de las notificaciones electrónicas en el O.P.A.E.F. A partir de la entrada en vigor de la ordenanza, las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuándo el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía.

 

La notificación electrónica se realizará mediante comparecencia de los interesados en la sede electrónica del O.P.A.E.F. o en la carpeta ciudadana del Punto de Acceso General de la Administración General del Estado, utilizándose para ello el servicio de notificaciones del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

 

Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido por parte del interesado o su representante, previa acreditación de su personalidad. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde su puesta a disposición sin que se acceda a su contenido, sutiendo efectos desde ese momento.


Tal como prevé la normativa, junto con la puesta a disposición de las notificaciones electrónicas se generarán avisos para aquellos interesados que designen un medio al efecto. En el caso concreto del O.P.A.E.F. los avisos se realizarán mediante correo electrónico a la dirección que haya facilitado el interesado. Quienes no tengan indicada dirección de correo electrónico podrán hacerlo cumplimentando el modelo 00.01 (enlace con https://sede.opaef.es/sede/tributos/servicio/Cambio-de-Domicilio-Fiscal-para-Contribuyentes/ ) disponible en la sede electrónica del O.P.A.E.F.

 

Durante el período de implantación del sistema de notificaciones por medios electrónicos, el O.P.A.E.F. desarrollará campañas informativas sobre su funcionamiento, que podrán incluir la comunicación personalizada por medios no electrónicos a los sujetos obligados a recibirlas por Ley.

 

Además de lo referente a las notificaciones electrónicas en la ordenanza se regulan el registro electrónico del O.P.A.E.F. y sus registros auxiliares, los cuales desempeñarán las funciones de asistencia a los interesados en el uso de los medios electrónicos prevista en el artículo 12 de la Ley 39/2015; se adecúa la regulación de las actuaciones derivadas del convenio de colaboración con la Dirección General del Catastro; se modifica el procedimiento para las solicitudes de división de cuota en el I.B.I.; se adecúan los procedimientos del I.A.E. para la tramitación electrónica de los procedimientos; se modifica la regulación de las subastas para adaptarla al nuevo régimen de subastas resultante del Real Decreto 1071/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el R.D. 939/2005, de 29 de julio, y al procedimiento de subastas electrónicas; se adecúan los procedimientos de concesión de aplazamientos y fraccionamientos (para, entre otros aspectos, contemplar la verificación directa de los datos referidos al nivel de renta del solicitante) y de data de valores; y se contempla el acceso electrónico a los expedientes por parte de las entidades delegantes.