Saltar navegación (alt + s)

Actualidad

El alcalde de Valencina de la Concepción firma con el O.P.A.E.F. un nuevo convenio para la instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores de tráfico

María Regla Martínez Bernabé, Diputada del Área de Hacienda y Concertación de la Diputación de Sevilla y Vicepresidente del OPAEF, ha firmado con el alcalde de Valencina de la Concepción, Antonio Manuel Suárez Sánchez, un nuevo convenio de delegación de la competencia sancionadora por infracciones a la Ley de tráfico y seguridad Vial.

Con la formalización de este convenio de instrucción de expedientes sancionadores en materia de tráfico son ya 58 los municipios que han delegado esta competencia en el OPAEF, mientra que en otros 26 municipios se mantiene el otro modelo de convenio, en el que el cometido del O.P.A.E.F. se limita a la realización de las actividades materiales de notificación y recaudación de las sanciones que impone el propio ayuntamiento.

A partir de ahora el OPAEF asume en el municipio de Valencina de la Concepción la competencia para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por infracciones de tráfico, la atención a las alegaciones frente a las denuncias y la resolución de los recursos que se formulen en relación con las sanciones impuestas, así como las facultades de gestión recaudatoria, la notificación de los actos del procedimiento (incluida la Dirección Electrónica Vial, cuando proceda) y su publicación en el Tablón Edictal Único, la comunicación a la Dirección General de Tráfico de las sanciones firmes, la gestión de las identificaciones de conductores a través de Internet y el mantenimiento y desarrollo de los sistemas de información así como el acceso a las bases de datos de la DGT.

Este convenio fue aprobado por el Consejo Rector del mes de enero de 2021, y se ajusta al modelo aprobado por el Pleno de la Diputación de Sevilla en su sesión de 26 de octubre de 2017, estando plenamente adaptado a lo previsto en el capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Su vigencia inicial es de cuatro años desde el momento de su firma, pudiendo prorrogarse por un período mínimo de dos años y máximo de cuatro.