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Actualidad

El ayuntamiento de Algámitas firma la adaptación a la Ley 40/2015 del convenio de gestión, recaudación e inspección con el O.P.A.E.F.

Concepción Ufano Ramírez, Vicepresidenta del OPAEF y Diputada de Hacienda y Concertación de la Diputación de Sevilla, y la alcaldesa de Algámitas, Isabel María Romero Gómez, han firmado la adaptación a la Ley 40/2015 del actual convenio de gestión, recaudación e inspección suscritos entre el O.P.A.E.F. y este ayuntamiento.

La citada Ley contempla en el capítulo VI de su Título Preliminar una más extensa regulación del régimen jurídico de los convenios entre administraciones públicas, y concede, en su Disposición adicional octava, un plazo de tres años desde la entrada en vigor de la misma para adaptar los convenios vigentes, plazo que concluye el 2 de octubre de 2019.

 

Para dar cumplimiento a esta previsión, el Pleno de la Diputación, en su sesión de 26 de octubre de 2017, aprobó los modelos de documentos de adaptación de los convenios vigentes, así como dos nuevos modelos de convenios adaptados, para aquellos ayuntamientos que, en vez de adaptar el convenio vigente, estimasen oportuno renovarlo.

 

En el caso de Algámitas, se ha firmado el documento de adaptación a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, del convenio general de gestión, inspección y recaudación tributaria, en virtud del cual este municipio tiene delegadas en el O.P.A.E.F. las facultades para la gestión, inspección y recaudación voluntaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del Impuesto sobre Actividades Económicas, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana; la recaudación en período voluntario de las tasas de Entrada de vehículos y Eliminación de residuos y la recaudación ejecutiva de cualquier ingreso de derecho público.

 

La adaptación del convenio se orienta principalmente a la regulación de la Comisión de seguimiento del convenio, al reflejo de los compromisos económicos que el mismo implique, y al plazo de vigencia, ya que los actuales convenios contemplaban una prórroga tácita, mientras que la nueva ley requiere que las prórrogas sean expresas y limitadas en el tiempo. En relación con el plazo de vigencia, la propia ley establecía una adaptación automática para los convenios que no tuvieran determinado un plazo de vigencia o, existiendo, tuvieran establecida una prórroga tácita por tiempo indefinido, que lo fijaba en cuatro años a contar desde la entrada en vigor de la Ley. De esta manera, los convenios que no se adapten antes del 2 de octubre de 2019 se extinguirán el 2 de octubre de 2020.