Entra en vigor la delegación de competencias del Consorcio de Prevención, Extinción y Salvamento de la Provincia de Sevilla al O.P.A.E.F. para la recaudación de la tasa por la prestación de servicios de intervención.
Con fecha 4 de marzo de 2026 ha entrado en vigor la delegación de competencias realizada por el Consorcio de Prevención, Extinción y Salvamento de la Provincia de Sevilla para que el O.P.A.E.F. asuma la recaudación voluntaria de la tasa por la prestación de servicios de intervención y la recaudación ejecutiva de cualquier recurso de naturaleza pública.
El Consorcio de Prevención, Extinción y Salvamento de la Provincia de Sevilla, por acuerdos de su Junta general de 18 de noviembre de 2024 y 21 de julio de 2025, aprobó la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes competencias:
La recaudación en periodo voluntario de la tasa por la prestación de servicios de intervención, regulada en la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de los servicios del Consorcio.
En relación con cualquier recurso de naturaleza pública, la recaudación en período ejecutivo de las deudas no ingresadas en período voluntario (incluyendo la potestad sancionadora derivada de la misma), sean procedentes de tributos gestionados mediante padrón o de liquidaciones individualizadas con o sin contraído previo.
Esta delegación fue aceptada por el Consejo Rector del O.P.A.E.F. en su sesión de 12 de diciembre de 2025 y, tras su publicación en el B.O.P. de Sevilla de 5 de enero de 2026 y en el B.O.J.A. de 4 de febrero de 2026, ha entrado en vigor al mes de la última de estas publicaciones, según lo previsto en el artículo 2.5 de la Ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación provincial de Sevilla para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (O.P.A.E.F.), conforme a la cual se regulará asimismo el ejercicio de estas competencias.
Estos acuerdos conllevan la asunción de nuevas competencias de una entidad a la que, hasta la fecha, no se prestaba ningún servicio.