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Actualidad

Entra en vigor la delegación de competencias del ayuntamiento de Isla Mayor al O.P.A.E.F. para la gestión del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía).

Con fecha 14 de julio de 2022 ha entrado en vigor la delegación de competencias realizada por el ayuntamiento de Isla Mayor para que el O.P.A.E.F. gestione el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía).

El Ayuntamiento de Isla Mayor, por acuerdo plenario de 13 de enero de 2022, aprobó la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes competencias:

  • a) En el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica, urbana y de características especiales, las competencias censales, de gestión y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas) y de gestión catastral.
  • b) En el Impuesto sobre Actividades Económicas, las competencias censales, de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).
  • c) En el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, las competencias censales, de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).
  • d) En el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, las competencias de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).
  • f) Las competencias de recaudación tributaria voluntaria de las siguientes tasas de cobro periódico y gestionadas mediante padrón: Tasa de entrada de vehículos.
  • g) En relación con cualquier recurso de naturaleza pública, la recaudación en período ejecutivo de las deudas no ingresadas en período voluntario (incluyendo la potestad sancionadora derivada de la misma), sean procedentes de los grupos anteriores o de liquidaciones individualizadas con o sin contraído previo, así como de deudas que, no siendo de titularidad municipal, tenga el municipio atribuida por ley la facultad para su exacción en período ejecutivo.

Esta delegación fue aceptada por el Consejo Rector del O.P.A.E.F. en su sesión de 3 de marzo de 2022 y, tras su publicación en el B.O.P. de Sevilla de 31 de mayo de 2022 y en el B.O.J.A. de 14 de junio de 2022, ha entrado en vigor al mes de la última de estas publicaciones, según lo previsto en el artículo 2.5 de la Ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación provincial de Sevilla para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (O.P.A.E.F.), conforme a la cual se regulará asimismo el ejercicio de estas competencias.

Este acuerdo renueva las competencias delegadas que hasta la fecha venía desarrollando el O.P.A.E.F., recogidas en el convenio de fecha 21 de junio de 1999 y su ampliación posterior de 2002, y añade la relativa a la gestión del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.