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Actualidad

Entra en vigor la delegación de competencias del ayuntamiento de Mairena del Aljarafe al O.P.A.E.F. para la gestión y recaudación del I.B.I. y del I.A.E.

Con fecha 26 de enero de 2026 ha entrado en vigor la delegación de competencias realizada por el ayuntamiento de Mairena del Aljarafe para que el O.P.A.E.F. asuma la gestión tributaria y la recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el impuesto de Actividades Económicas.

El Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, por acuerdo plenario de 20 de noviembre de 2025, ha aprobado la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes competencias:

a) En relación con el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, urbana y de características especiales, las competencias censales, de gestión y recaudación tributaria y de gestión catastral.
b) En relación con el Impuesto sobre Actividades Económicas, las competencias censales, de gestión, inspección y recaudación tributaria.

Esta delegación fue aceptada por el Consejo Rector del O.P.A.E.F. en su sesión de 12 de diciembre de 2025 y, tras su publicación en el B.O.P. de Sevilla de 26 de diciembre de 2025 y en el B.O.J.A. de la misma fecha, ha entrado en vigor al mes de la última de estas publicaciones, según lo previsto en el artículo 2.5 de la Ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación provincial de Sevilla para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (O.P.A.E.F.), conforme a la cual se regulará asimismo el ejercicio de estas competencias.

Este acuerdo añade estas competencias a las que hasta la fecha venía desarrollando el O.P.A.E.F. en virtud de acuerdo de delegación de 4 de noviembre de 2024, aceptado por el Consejo Rector en su sesión de 21 de noviembre de 2024, que incluían la gestión, recaudación e inspección tributaria, y censal, en su caso, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, la recaudación ejecutiva de cualquier recurso de naturaleza pública y la potestad sancionadora por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y a las Ordenanzas municipales de circulación.

Por lo que se refiere al Impuesto de Actividades Económicas, el O.P.A.E.F. asumirá, en un primer momento, la gestión tributaria y la recaudación voluntaria, ya que la gestión censal y la inspección deben ser objeto de delegación por el Ministerio de Hacienda, por lo que su ejercicio se demorará hasta el ejercicio 2027.

En cuanto a la gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el ejercicio de las competencias de gestión tributaria permitirá asimismo que el O.P.A.E.F. realice funciones de actualización catastral en virtud del convenio de colaboración suscrito el once de septiembre de 2018 con la Dirección General del Catastro, actuaciones que incluyen la tramitación de expedientes de transmisión de dominio y de alteraciones de orden físico y económico, así como la colaboración en las actuaciones de mantenimiento en el marco de los criterios dictados por la Dirección General del Catastro.