Entra en vigor la delegación de competencias del ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor al O.P.A.E.F. para la instrucción y resolución de procedimientos sancionadores por infracciones de tráfico.
Con fecha 22 de mayo de 2025 ha entrado en vigor la delegación de competencias realizada por el ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor para que el O.P.A.E.F. asuma la instrucción y resolución de procedimientos sancionadores por infracciones de tráfico.
El Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor, por acuerdo plenario de 23 de diciembre de 2024, aprobó la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes competencias:
c) La potestad sancionadora para la instrucción, resolución y ejecución de los procedimientos por infracciones al Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, y la Ordenanza municipal en esta materia, publicada en el B.O.P. número 21, de fecha 27 de enero de 2009.
Esta delegación fue aceptada por el Consejo Rector del O.P.A.E.F. en su sesión de 25 de febrero de 2025 y, tras su publicación en el B.O.P. de Sevilla de 13 de marzo de 2025 y en el B.O.J.A. de 22 de abril de 2025, ha entrado en vigor al mes de la última de estas publicaciones, según lo previsto en el artículo 2.5 de la Ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación provincial de Sevilla para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (O.P.A.E.F.), conforme a la cual se regulará asimismo el ejercicio de estas competencias.
Este acuerdo añade a las competencias que hasta la fecha venía desarrollando el O.P.A.E.F. en virtud del convenio de fecha 19 de septiembre de 2012, (que incluían la gestión, recaudación e inspección tributaria, y censal, en su caso, del Impuesto sobre bienes inmuebles, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, el Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, así como la recaudación voluntaria de la Tasa de entrada de vehículos y la recaudación ejecutiva de cualquier recurso de naturaleza pública) la potestad sancionadora por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y a las Ordenanzas municipales de circulación.
En cuanto a la instrucción de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico, con esta nueva delegación son ya 76 los municipios que han delegado esta materia en el O.P.A.E.F., mientras que en otros 16 municipios se mantiene el convenio mediante el cual el cometido del O.P.A.E.F. se limita a la realización de las actividades materiales de notificación y recaudación de las sanciones que impone el propio ayuntamiento.
A partir de ahora el O.P.A.E.F. asume en el municipio de Sanlúcar la Mayor la competencia para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por infracciones de tráfico, la atención a las alegaciones frente a las denuncias y la resolución de los recursos que se formulen en relación con las sanciones impuestas, así como las facultades de gestión recaudatoria, la notificación de los actos del procedimiento (incluida la Dirección Electrónica Vial, cuando proceda) y su publicación en el Tablón Edictal Único del B.O.E., la comunicación a la Dirección General de Tráfico de las sanciones firmes, la gestión de las identificaciones de conductores a través de Internet y el mantenimiento y desarrollo de los sistemas de información así como el acceso a las bases de datos de la DGT.