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Actualidad

Entra en vigor la nueva delegación de competencias del ayuntamiento de Olivares al O.P.A.E.F. para la recaudación voluntaria de la Tasa por entrada de vehículos

Con fecha 1 de enero de 2022 ha entrado en vigor la delegación de competencias realizada por el ayuntamiento de Olivares para que el O.P.A.E.F. recaude en período voluntario la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras, reserva de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

El Ayuntamiento de Olivares, por acuerdo plenario de 17 de junio de 2021, aprobó la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes competencias:

a) En el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica, urbana y de características especiales, las competencias censales, de gestión y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas) y de gestión catastral.
b) En el Impuesto sobre Actividades Económicas, las competencias censales, de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).
c) En el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, las competencias censales, de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).
d) En el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, las competencias de gestión, inspección y recaudación tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).
e) En el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, las competencias de inspección tributaria (incluyendo la potestad sancionadora derivada de las mismas).
f) Las competencias de recaudación tributaria voluntaria de las siguientes tasas de cobro periódico y gestionadas mediante padrón: Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local con la entrada de vehículos a través de las aceras, reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.
g) En relación con cualquier recurso de naturaleza pública, la recaudación en período ejecutivo de las deudas no ingresadas en período voluntario (incluyendo la potestad sancionadora derivada de la misma), sean procedentes de los grupos anteriores o de liquidaciones individualizadas con o sin contraído previo, así como de deudas que, no siendo de titularidad municipal, tenga el municipio atribuida por ley la facultad para su exacción en período ejecutivo.
h) La potestad sancionadora para la instrucción, resolución y ejecución de los procedimientos por infracciones al Texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, y la Ordenanza Municipal de tráfico, circulación y seguridad vial del Ayuntamiento de Olivares.
 
Esta delegación, que renovaba la existente y añadía a las competencias delegadas que hasta la fecha venía desarrollando el O.P.A.E.F. la relativa a la recaudación voluntaria de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras, reserva de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, fue aceptada por el Consejo Rector del O.P.A.E.F. en su sesión de 28 de julio de 2021.

Tras su publicación en el B.O.P. de Sevilla de 17 de septiembre de 2021 y en el B.O.J.A. de 1 de diciembre de 2021, ha entrado en vigor al mes de la última de estas publicaciones, conforme al artículo 2.5 de la Ordenanza de la Diputación de Sevilla reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de competencias o encomienda de funciones a la Diputación provincial de Sevilla para su ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (O.P.A.E.F.), conforme a la cual se regulará asimismo el ejercicio de estas competencias.