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Actualidad

Los alcaldes de Aznalcóllar, El Coronil, Lantejuela, La Roda de Andalucía y El Viso del Alcor firman la adaptación a la Ley 40/2015 de sus convenios generales con el O.P.A.E.F.

Concepción Ufano Ramírez, Vicepresidenta del OPAEF y Diputada de Hacienda y Concertación de la Diputación de Sevilla, ha firmado con el alcalde de Aznalcóllar, Juan José Fernández Garrido, el documento de adaptación a la Ley 40/2015 del convenio para la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de Tráfico; con la alcaldesa de El Coronil, María Isabel Gómez Gaspar, y con el alcalde de La Roda de Andalucía, Fidel Romero Ruiz, los convenios mediante los que se adapta a la Ley 40/2015 los actuales convenios generales de gestión, inspección y recaudación tributaria suscritos con el O.P.A.E.F., al tiempo que aumentan la delegación de competencias; y con la alcaldesa de El Viso del Alcor, Anabel Burgos Jiménez, y el alcalde de Lantejuela, Juan Lora Martín, además de los citados convenios generales, los convenios de delegación de la competencia sancionadora por infracciones a la Ley de tráfico y Seguridad Vial, que supone una ampliación de las competencias delegadas en el O.P.A.E.F.

Los alcaldes de Aznalcóllar, El Coronil, Lantejuela, La Roda de Andalucía y El Viso del Alcor firman la adaptación a la Ley 40/2015 de sus convenios generales con el O.P.A.E.F., así como nuevos convenios de delegación de la competencia sancionadora por infracciones a la Ley de tráfico y Seguridad Vial.

En el caso de El Coronil, el nuevo convenio, además de mantener las competencias delegadas hasta la fecha (la gestión, inspección y recaudación voluntaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas, la inspección y recaudación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, así como la recaudación de las Tasas de Entrada de vehículos, carga y descarga, rodaje y arrastre de vehículos, reserva de aparcamiento, reserva de vía pública, sillas y veladores, balcones y rejas, salientes y voladizos, toldos, aire acondicionado, vigilancia de establecimientos, publicidad y rótulos, vitrinas, escaparates y letreros, tuberías hilos y cables, telefonía y báscula), ha delegado la gestión censal del Impuesto de Vehículos y la gestión, recaudación e inspección del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

 

En el caso de La Roda de Andalucía, el nuevo convenio general de gestión, inspección y recaudación tributaria, además de mantener las competencias delegadas hasta la fecha (la gestión, inspección y recaudación voluntaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del Impuesto sobre Actividades Económicas y del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, así como la recaudación de la tasa de Entrada de vehículos), ha delegado la gestión y recaudación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y la recaudación voluntaria de la Tasa por el servicio de recogida de basura.

 

En el caso de El Viso del Alcor, el nuevo convenio general de gestión, inspección y recaudación tributaria, además de las competencias delegadas hasta la fecha (la gestión, inspección y recaudación voluntaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas) se amplía con la delegación de competencias de gestión censal y tributaria y de recaudación voluntaria del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, así como un nuevo convenio mediante el cual el O.P.A.E.F. acepta la delegación realizada por el citado municipio y asume la competencia para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por infracciones de tráfico.



En el caso de Lantejuela, además del nuevo convenio general de gestión, inspección y recaudación tributaria, que mantiene las competencias delegadas hasta la fecha (la gestión, inspección y recaudación voluntaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Actividades Económicas, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, así como la recaudación de las Tasas de Entrada de vehículos, Sillas y veladores y Recogida de Basuras), se ha firmado un nuevo convenio mediante el cual el O.P.A.E.F. acepta la delegación realizada por el citado municipio y asume la competencia para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por infracciones de tráfico.

 

Mediante la formalización de los citados convenios de instrucción de expedientes sancionadores (con los que el O.P.A.E.F. da respuesta a la que era una frecuente petición de los ayuntamientos sevillanos desde la publicación de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, ampliando con la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores los servicios que ya se prestaban desde 2006 en materia de gestión y recaudación de multas de tráfico) son ya 45 los municipios que tienen delegada en el O.P.A.E.F. la competencia para instruir y resolver el procedimiento sancionador, mientras que en otros 33 el cometido del O.P.A.E.F. se limita a la realización de las actividades materiales de notificación y recaudación de las sanciones.



A partir de la fecha, el OPAEF asume en El Viso del Alcor y Lantejuela la competencia para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por infracciones de tráfico, la atención a las alegaciones frente a las denuncias y la resolución de los recursos que se formulen en relación con las sanciones impuestas, así como las facultades de gestión recaudatoria, la notificación de los actos del procedimiento (incluida la Dirección Electrónica Vial, cuando proceda) y su publicación en el Tablón Edictal Único, la comunicación a la Dirección General de Tráfico de las sanciones firmes, la gestión de las identificaciones de conductores a través de Internet y el mantenimiento y desarrollo de los sistemas de información así como el acceso a las bases de datos de la DGT.



Estos convenios fueron aprobados por el Consejo Rector en sus sesiones de octubre y noviembre de 2018, y se ajustan a los modelos aprobados por el Pleno de la Diputación de Sevilla en su sesión de 26 de octubre de 2017, estando plenamente adaptados a lo previsto en el capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Su vigencia inicial es de cuatro años desde el momento de su firma, pudiendo prorrogarse por un período mínimo de dos años y máximo de cuatro.