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Actualidad

Los alcaldes de Gerena y Villanueva del Ariscal firman con el O.P.A.E.F. un nuevo Convenio General de Gestión, Recaudación e Inspección tributaria

María Regla Martínez Bernabé, Diputada del Área de Hacienda y Concertación de la Diputación de Sevilla y Vicepresidente del OPAEF, ha firmado con los alcaldes de Gerena, Javier Fernández Gualda, y Villanueva del Ariscal, Martín Torres Castro, sendos convenios que renuevan los actuales Convenios Generales de Gestión, Recaudación e Inspección tributaria.

 

Mediante la formalización de estos convenios de Gestión, Recaudación e Inspección tributaria, ambos ayuntamientos renuevan su colaboración con el O.P.A.E.F.

En el caso de Gerena se trata de la renovación del convenio firmado en septiembre de 2012 y mantiene las delegaciones realizadas, que abarcan la gestión, inspección y recaudación del Impuesto sobre bienes inmuebles, el Impuesto sobre actividades económicas, el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, así como la recaudación voluntaria de la Tasa de entrada de vehículos y la recaudación ejecutiva de cualquier ingreso de derecho público de la corporación.

En el caso de Villanueva del Ariscal se renueva el convenio firmado en mayo de 2010 y a las competencias delegadas hasta la fecha (la gestión, inspección y recaudación del Impuesto sobre bienes inmuebles, el Impuesto sobre actividades económicas y el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, así como la recaudación ejecutiva de cualquier ingreso de derecho público) se añade la recaudación en voluntaria de la Tasa de entrada de vehículos.

Ambos convenios se ajustan al modelo aprobado por el Pleno de la Diputación de Sevilla en su sesión de 26 de octubre de 2017, estando plenamente adaptados a lo previsto en el capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Su vigencia inicial es de cuatro años desde el momento de su firma, pudiendo prorrogarse por un período mínimo de dos años y máximo de cuatro.